PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONALPruebas de acceso a ciclos formativos 2008 Convocatoria de Junio y Septiembre. CUADRO
Artículo 2. Calendario de las pruebas.
Las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y superior se celebrarán, en su convocatoria ordinaria, el día 18 de junio y en convocatoria extraordinaria el día 4 de septiembre, ajustándose a lo dispuesto en esta Orden.
Artículo 3. Requisitos de participación.
1. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio se requerirá tener, como mínimo, diecisiete años cumplidos en el año de realización de la prueba.
2. Para concurrir a la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior se deberá
cumplir alguno de los siguientes requisitos:
a) Tener, como mínimo, diecinueve años cumplidos en el año de realización de la prueba.
b) Tener dieciocho años cumplidos en el año de realización de la prueba y estar en posesión de un Título de Técnico relacionado con aquél al que se desea acceder. En este sentido, se considerarán títulos relacionados aquellos cuyas familias profesionales se encuentren dentro de la misma opción según el Anexo III de la presente Orden.
Para aquellos que no hubiesen obtenido el Título de Técnico en el momento de la presentación de solicitudes y celebración de la prueba, pero estuvieran en condiciones de hacerlo antes de su calificación, serán admitidos a la realización de la misma, pero condicionada la corrección de ésta a la presentación de la documentación acreditativa del Título antes del día 24 de junio para la convocatoria ordinaria y del 10 de septiembre para la extraordinaria, documentación que será presentada en el Centro Educativo en el que haya realizado la inscripción. Estos aspirantes acompañarán a su solicitud el certificado según el modelo del Anexo IX que será expedido en el centro educativo en el que están realizando sus estudios.
Artículo 4. Solicitudes.
1. La solicitud de inscripción para las pruebas de acceso a grado medio y grado superior se
presentarán conforme al modelo que figura respectivamente en el Anexo I y Anexo II de
la presente Orden, en cualquier Instituto de Educación Secundaria o Instituto de Educación
Secundaria Obligatoria de Extremadura.
2. La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación original o fotocopia compulsada:
a) Documento Nacional de Identidad, pasaporte o, en el caso de personas extranjeras, documento equivalente que acredite su personalidad.
b) Quienes reúnan el requisito previsto en el apartado 2 b) del artículo 3, Título de Técnico, libro de calificaciones de Formación Profesional o certificado de estar cursando enseñanzas según el Anexo IX.
c) En caso de solicitar la exención de alguna de las partes de la prueba, el solicitante acompañará a la documentación anterior la establecida para cada caso en el artículo 7 o artículo 9 de la presente Orden.
Artículo 5. Plazo de inscripción.
El periodo de inscripción a las pruebas de acceso para ciclos formativos de grado medio y superior en su convocatoria ordinaria será desde el mismo día de la publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 2 de junio y del 26 de junio al 4 de julio para la extraordinaria.
Artículo 6. Estructura y contenidos de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio.
1. La prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio será común para todos los ciclos
formativos. El aspirante deberá acreditar que posee los conocimientos y habilidades suficientes
para cursar con aprovechamiento las enseñanzas respectivas.
2. La prueba se estructurará en tres ámbitos: ámbito de comunicación, ámbito social y ámbito
científico tecnológico. Cada uno de estos ámbitos estará dividido en dos partes A y B.
Los contenidos de referencia correspondientes a cada una de las partes de estos ámbitos
figuran como Anexo IV a esta Orden.
Artículo 7. Exenciones en la prueba de acceso a los ciclos de grado medio.
Los interesados en las exenciones a que hacen referencia los apartados siguientes deberán
hacerlo constar en la solicitud de inscripción y acompañar la documentación que lo acredite.
1. Estarán exentos de todas las partes de la prueba:
a) Quienes hayan superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.
b) Quienes hayan superado la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior
en cualquiera de las opciones.
Documentación a presentar, junto con la solicitud, en cada uno de los supuestos anteriores:
— Certificación de la superación de la prueba de acceso a la Universidad para mayores de
25 años y calificación obtenida en la misma.
— Certificación de la superación de la prueba de acceso a la formación profesional de grado superior.
2. Estarán exentos de la parte A de los tres ámbitos, comunicación, social y científico-tecnológico,
de la prueba quienes:
a) Hayan superado un Programa de Garantía Social o un Programa de Competencia Profesional.
b) Hayan superado los módulos obligatorios de un Programa de Cualificación Profesional
Inicial.
c) Estén en posesión de un Certificado de Profesionalidad.
d) Acrediten experiencia laboral de al menos el equivalente a un año con jornada completa.
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admin @ Mayo 29, 2008